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Régimen de Estudios

A partir del 1ro de enero de 2019 entrará en vigencia el nuevo Régimen de Estudios UNQ:

Nuevo Régimen de estudios UNQ 2019

Modificación de régimen de estudios 1

Modificación de régimen de estudios 2

RCS 04-08 Régimen de Estudios UNQ

RCS 204-15 Modificación Apartado IV Régimen de Estudios UNQ

Reglamento Disciplina UNQ

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El Consejo Superior estableció que el nuevo Régimen de Estudios entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2019.

Para conservar la regularidad se requiere:
Aprobar un mínimo de 2 (dos) asignaturas trimestrales y/o cuatrimestrales o una anual por ciclo lectivo. Se entiende por ciclo lectivo el período comprendido entre el 1° de febrero y el 31 de diciembre de un mismo año. No superar la siguiente cantidad de ausentes a lo largo de la carrera: 1. En ciclos de complementación curricular y tecnicaturas: 6 ausentes. 2. En carreras de grado, no registrar más de 12 ausentes en las asignaturas.
Las materias que están “pendiente de aprobación” al momento del control de regularidad no serán contabilizadas a los efectos de la regularidad.
El relevamiento de la condición de regularidad de los/las estudiantes de la modalidad presencial, correspondiente al período comprendido entre el 1º de agosto de 2017 y el 31 de julio de 2018 se efectuará con la información disponible al 31 de diciembre de 2018.

Control de Regularidad
A partir del día 2 de enero de 2019 se podrá consultar en el portal de la Universidad (www.unq.edu.ar  – Estudiante) el listado con el detalle de los estudiantes que perdieron la condición de alumno regular.
Por ello, los estudiantes que quedaron Libres y que quieran inscribirse para rendir Exámenes Integradores del 2º cuatrimestre de 2018 y Mesas Libres, deben reincorporarse entre los días 4, 5 y 6 de febrero inclusive.
El resto de los estudiantes que quedaron Libres -y que no vayan a presentarse a mesas de Integradores y Libres- pueden hacerlo hasta el 19 de febrero inclusive, y tendrán coeficiente al momento de inscribirse a materias. Quienes se reincorporen a partir del 20 de febrero se inscribirán sin coeficiente el último día de inscripción a materias.

Para la reincorporación se requiere:
Los estudiantes que pierdan la regularidad y quieran continuar sus estudios deben solicitar su reincorporación en dos oportunidades. Quien haya perdido la regularidad más de dos veces, podrá solicitar una reincorporación de carácter extraordinaria, la que será resuelta por el
Rector. En tal caso debe presentar una nota por mesa de entradas dirigida al Secretario de Gestión Académica para que impulse las tramitaciones necesarias.
Los estudiantes reincorporados continuarán su carrera conforme al último plan de estudios vigente a la fecha de su reincorporación.

Licencias para no perder la regularidad:

Para evitar la pérdida de la regularidad, los estudiantes que no pueden tener actividad académica pueden solicitar licencia por causas debidamente justificadas. Cada licencia tendrá una duración mínima de seis meses y máxima de un año lectivo. La suma de los períodos
semestrales de licencia no podrá superar los tres años lectivos en toda la carrera. En caso de licencias menores a un año, el estudiante deberá aprobar al menos una asignatura en el año lectivo para mantener su regularidad. Si el/la estudiante tuviera asignatura/s en curso al inicio de la licencia estas serán consideradas como “Ausente” a los efectos de la regularidad.

Evaluación de las asignaturas:
La forma de evaluación en cada caso será la establecida para la modalidad de la carrera (presencial o virtual) a la que pertenece la asignatura y no a la modalidad de la carrera a la que se encuentra inscripto el/la estudiante.
Las asignaturas podrán ser aprobadas mediante un régimen regular, mediante exámenes libres o por equivalencias.
En el régimen regular las instancias de evaluación parcial serán al menos 2 en cada asignatura y tendrán carácter obligatorio. Cada asignatura deberá incorporar al menos una instancia de recuperación. Las calificaciones serán:
a) Aprobado (de 4 a 10 puntos) b) Reprobado (de 1 a 3 puntos) c) Ausente d) Pendiente de Aprobación.

La calificación “Ausente” corresponde cuando:
Un estudiante no se haya presentado a la/s instancia/s de evaluación pautada/s en el programa de la asignatura o tenga una asistencia inferior al 75% a las clases presenciales.

Para aprobar una asignatura en el régimen regular se requiere:
a. obtener un promedio mínimo de 7 (siete) puntos en las instancias parciales de evaluación y un mínimo de 6 (seis) puntos en cada una de ellas; o,
b. un mínimo de 4 (cuatro) puntos en cada instancia parcial de evaluación; y
b.1. La obtención de un mínimo de 4 (cuatro) puntos en un examen integrador, que se tomará
dentro de los plazos del curso y transcurrido un plazo de -al menos- 1 (una) semana desde la última instancia parcial de evaluación o de recuperación; o

b.2. En caso de no aprobarse o no rendirse el examen integrador en la instancia de la cursada, se considerará la asignatura como pendiente de aprobación (PA) y el/la estudiante deberá obtener un mínimo de 4 (cuatro) puntos en un examen integrador organizado una vez finalizado el dictado del curso. El calendario académico anual establecerá la administración de
2 (dos) instancias de exámenes integradores antes del cierre de actas del siguiente cuatrimestre. Los/las estudiantes, deberán inscribirse previamente a dichas instancias. La Unidad Académica respectiva designará a un/a profesor/a del área, quien integrará con el/la profesor/a a cargo del curso, la/s mesa/s evaluadora/s del/los examen/es integrador/es
indicado/s en este punto.

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